Control social
La teoría del contrato social dicta que las personas viven juntas en la sociedad siguiendo un contrato que establece las reglas del comportamiento moral y político. Algunas personas creen que si vivimos respetando un contrato social, podemos vivir moralmente por voluntad propia y no porque así lo dicta un ser divino.
A lo largo de los años, los filósofos han tratado de describir el contrato social ideal y explicar cómo los contratos sociales han evolucionado. El filósofo Stuart Rachels sugiere que la moralidad es una serie de reglas que dicta el comportamiento que las personas racionales aceptan, bajo la condición que otros también la aceptarán.
Los contratos sociales pueden ser explícitos, como leyes, o implícitos, como alzar su mano en el aula para pedir permiso de hablar. La constitución de los Estados Unidos es una parte bastante explicita del contrato social de este país. Dicta lo que el gobierno puede (o no) hacer. Se supone que las personas que eligen vivir en los EE. UU. están de acuerdo con lo que estipula la constitución en cuanto a las obligaciones sociales y morales.
De hecho, independientemente de que si los contratos sociales son implícitos o explícitos, nos ofrecen un marco importante para crear la harmonía en la sociedad.
En filosofía política, ciencia política, sociología y teoría del Derecho, el contrato social es un acuerdo realizado en el interior de un grupo por sus miembros, como por ejemplo el que se adquiere en un Estado en relación con sus derechos y deberes y los de sus ciudadanos. Es parte de la idea de que todos del grupo están de acuerdo, por voluntad propia, con el contrato social, en virtud de lo cual admiten la existencia de una autoridad, de unas normas morales y de unas leyes a las que se someten. El pacto social es una hipótesis explicativa de la autoridad política y del orden social.
El contrato social, como teoría política, explica, entre otras cosas, el origen y el propósito del Estado y de los derechos humanos. La esencia de la teoría (cuya formulación más conocida es la propuesta por Jean-Jacques Rousseau) es la siguiente: para vivir en sociedad, los seres humanos acuerdan un contrato social implícito que les otorga ciertos derechos a cambio de abandonar la libertad de la que dispondría en estado de naturaleza. Siendo así, los derechos y los deberes de los individuos constituyen las cláusulas del contrato social, en tanto que el Estado es la entidad creada para hacer cumplir el contrato. Del mismo modo, los seres humanos pueden cambiar los términos del contrato si así lo desean; los derechos y los deberes no son inmutables o naturales. Por otro lado, un mayor número de derechos implica mayores deberes, y menos derechos, menos deberes.
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